Perfilado de sección


    • Objetivos de Aprendizaje del Módulo 1

      Al finalizar este módulo, el participante será capaz de:

      • Identificar las etapas y características fundamentales del proceso electoral en Colombia, desde la convocatoria hasta la proclamación de autoridades electas.

      • Reconocer los cargos de elección popular que serán votados en las elecciones del 29 de octubre de 2026 y su importancia en el sistema democrático.

      • Describir las medidas preventivas y restricciones legales que rigen el día de las elecciones, incluyendo la Ley Seca, la prohibición de propaganda política y el porte de armas.

      • Interpretar correctamente las normas sobre inmunidades, horarios electorales y acompañamiento de votantes con condiciones especiales, según el marco legal vigente.

      • Aplicar los conocimientos adquiridos para garantizar el cumplimiento de las normas electorales en su rol como servidor público, autoridad, o ciudadano responsable, dentro del contexto del Plan Democracia 2026.


    • Es la prohibición de la venta y consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día anterior hasta las seis (6) de la mañana del día siguiente a la elección (Art. 206, C.E.).

      DESDE Las 6:00 P.M. del sábado 28 de octubre de 2023

      HASTA Las 6:00 A.M. del lunes 30 de octubre de 2023

      La propaganda electoral es toda forma de publicidad realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a favor de partidos o movimientos políticos, listas de candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular, del voto en blanco o de una opción en los mecanismos de participación ciudadana entre otros. (Art. 35 ley 1475 de 2011).

      El día de elecciones está prohibida toda clase de propaganda política y electoral.

      No se podrán portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado candidato o simplemente que le hagan propaganda.

      Nota: Las autoridades de Policía podrán incautar la propaganda respectiva, sin detener a la persona que la porte.

      Los alcaldes municipales son los encargados de imponer las sanciones por infringir esta norma de cuerdo con lo previsto en el código nacional de convivencia y seguridad ciudadana (art.206 c.e).

      Está prohibido portar armamento, municiones y explosivos o accesorios en reuniones políticas, elecciones, sesiones de corporaciones públicas, asambleas y manifestaciones populares (Decreto 2535/93 art. 85, literal D).

      El tiempo de restricción será el determinado a través de acto administrativo emitido por las Autoridades Militares.

      Frente a las armas traumáticas se deberá dar aplicabilidad a la Ley 1801 de 2016 CNSCC.

      En concordancia al DECRETO 1417 DEL 04 DE NOVIEMBRE DE 2021 Por el cual se adicionan unos artículos al Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 3 del Decreto 1070 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa sobre la clasificación y reglamentación de la tenencia y el porte de las armas traumáticas.

      Haga clic en cada pestaña para acceder a la información.

    • Es la prohibición de la venta y consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día anterior hasta las seis (6) de la mañana del día siguiente a la elección (Art. 206, C.E.).

      DESDE Las 6:00 P.M. del sábado 28 de octubre de 2023

      HASTA Las 6:00 A.M. del lunes 30 de octubre de 2023

      La propaganda electoral es toda forma de publicidad realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a favor de partidos o movimientos políticos, listas de candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular, del voto en blanco o de una opción en los mecanismos de participación ciudadana entre otros. (Art. 35 ley 1475 de 2011).

      El día de elecciones está prohibida toda clase de propaganda política y electoral.

      No se podrán portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado candidato o simplemente que le hagan propaganda.

      Nota: Las autoridades de Policía podrán incautar la propaganda respectiva, sin detener a la persona que la porte.

      Los alcaldes municipales son los encargados de imponer las sanciones por infringir esta norma de cuerdo con lo previsto en el código nacional de convivencia y seguridad ciudadana (art.206 c.e).

      Está prohibido portar armamento, municiones y explosivos o accesorios en reuniones políticas, elecciones, sesiones de corporaciones públicas, asambleas y manifestaciones populares (Decreto 2535/93 art. 85, literal D).

      El tiempo de restricción será el determinado a través de acto administrativo emitido por las Autoridades Militares.

      Frente a las armas traumáticas se deberá dar aplicabilidad a la Ley 1801 de 2016 CNSCC.

      En concordancia al DECRETO 1417 DEL 04 DE NOVIEMBRE DE 2021 Por el cual se adicionan unos artículos al Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 3 del Decreto 1070 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa sobre la clasificación y reglamentación de la tenencia y el porte de las armas traumáticas.

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    • Objetivos de Aprendizaje del Módulo 2

      Al finalizar este módulo, el participante será capaz de:

      • Identificar las principales entidades que regulan y organizan el proceso electoral en Colombia.

      • Describir la función principal de cada una de las entidades electorales.

      • Reconocer los diferentes actores que participan activamente durante la jornada electoral.

      • Explicar el rol y las responsabilidades clave de cada actor electoral.

      • Comprender la importancia de la colaboración entre las diversas entidades y actores para el éxito del proceso electoral.






    • Objetivos de Aprendizaje del Módulo 3

      Al finalizar este módulo, el participante será capaz de:


      • Identificar los 16 delitos electorales establecidos en el Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000 y Ley 1864 de 2017).
      • Diferenciar las conductas constitutivas de delitos electorales y sus respectivos artículos.
      • Comprender las implicaciones legales y ejemplos prácticos de cada delito electoral.
      • Aplicar los conocimientos adquiridos para reconocer situaciones de riesgo y denunciar ante las autoridades competentes (Fiscalía o Procuraduría).



    • Pasó de contener 11 delitos electorales a 16. Es de vital importancia que todos los colombianos los conozcan pues la personas que tengan conocimiento sobre alguna de estas conductas, debe denunciarlas ante la Fiscalía General de la Nación y ante la Procuraduría General de la Nación en el caso de que involucren servidores públicos.

      Ley 599 de 2000, título XIV, “delitos contra mecanismos de participación democrática”.

      Modificado por la Ley 1864 del 17 de agosto del 2017, mediante la cual se dictan otras disposiciones para proteger los mecanismos de participación democrática y Ley 1908 de 2018“ por medio de la cual se fortalecen la investigación y judicialización de organizaciones criminales, se adoptan medidas para su sujeción a la justicia y se dictan otras disposiciones”.

      El Código Penal Colombiano pasó de contener 11 delitos electorales a 16. Es de vital importancia que todos los colombianos los conozcan pues la personas que tengan conocimiento sobre alguna de estas conductas, debe denunciarlas ante la Fiscalía General de la Nación y ante la Procuraduría General de la Nación en el caso de que involucren servidores públicos.

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    • Objetivos de Aprendizaje del Módulo 4

      Al finalizar este módulo, el participante será capaz de:

      Identificar las funciones y limitaciones de la Fuerza Pública durante los procesos electorales, conforme al marco constitucional y legal colombiano.

      • Diferenciar las competencias policiales de las atribuciones exclusivas de las autoridades electorales en el desarrollo de los comicios.
      • Comprender los protocolos de actuación policial con enfoque de género y diversidad, según la Directiva 017 de 2025.
      • Aplicar los procedimientos adecuados para garantizar el derecho al voto de poblaciones diversas (LGBTIQ+), utilizando lenguaje inclusivo y respetando la identidad de género.
      • Implementar las medidas establecidas en el Código Nacional de Policía (Ley 1801 de 2016) para mantener el orden durante las jornadas electorales.
      • Actuar conforme a los parámetros legales ante situaciones que afecten la transparencia electoral o los derechos de los participantes en el proceso.


    • Directiva administrativa transitoria 017 - 26 mayo 2025

      Parámetros de actuación policial para el despliegue de los lineamientos de transversalización del enfoque de género al interior de la Policía Nacional.

      ¡Escuche nuestro podcast!

      Les invitamos a escuchar el podcast diseñado como complemento a los contenidos del curso. En este espacio encontrará orientaciones clave para fortalecer su proceso de formación.

        

        





    • Objetivos de Aprendizaje del Módulo 5

      Al finalizar este módulo, el participante será capaz de:

      • Comprender la estructura y alcance del Plan Democracia 2026 en su componente de seguridad para elecciones metropolitanas y departamentales.
      • Identificar las tres fases operativas del servicio policial electoral: planeamiento (antes), ejecución (durante) y consolidación (después).
      • Aplicar los protocolos para la instalación y funcionamiento del Puesto de Mando Unificado (PMU) según los lineamientos institucionales.
      • Ejecutar correctamente el despliegue operativo del dispositivo policial en jornada electoral, incluyendo horarios y procedimientos establecidos.
      • Garantizar la seguridad de actores clave (delegados de la Registraduría, arcas triclave, candidatos y autoridades) durante la fase de consolidación post-electoral.
      • Coordinar efectivamente con otros entes gubernamentales para asegurar una prestación integral del servicio de seguridad electoral.


    • Reforzarán la seguridad de los procesos lechales en Colombia

      La Registraduría Nacional del Estado Civil, en conjunto con la Policía Nacional, implementará un sistema tecnológico que integrará la validación biométrica facial con la base de datos de antecedentes judiciales para los procesos electorales de 2025 y 2026.

      Este sistema, que compara en tiempo real las características faciales de los votantes, tiene como objetivo anticipar riesgos, fortalecer la ciberseguridad, garantizar la autenticidad de los votantes y prevenir irregularidades. La implementación masiva está prevista para marzo de 2026, buscando proteger la integridad del sistema democrático colombiano.

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    • Objetivos de Aprendizaje del Módulo 6

      Al finalizar este módulo, el participante será capaz de:

      • Identificar las funcionalidades y beneficios del Sistema de Información Plan Democracia SIPDE 2026 para garantizar transparencia y seguridad en el proceso electoral.
      • Utilizar la aplicación para acceder a información actualizada sobre el proceso democrático, incluyendo notificaciones importantes.
      • Aplicar las herramientas de sistema para participar activamente en la vigilancia y seguimiento de las elecciones.
      • Reconocer las medidas de seguridad implementadas en la plataforma para proteger la integridad del proceso electoral.
      • Difundir el uso del sistema entre la ciudadanía para fomentar una cultura de transparencia y participación.

    • Participe activamente en el proceso democrático con nuestro sistema. Aquí encontrara todas las herramientas necesarias para garantizar elecciones transparentes y libres 2026. Nuestra aplicación ha sido diseñada pensando en su seguridad y transparencia durante las elecciones territoriales.

      Sistema de Información Plan Democracia SIPDE

      Nuestro Sistema ha sido diseñado pensando en su seguridad y transparencia durante las elecciones territoriales. Con ella, podrá acceder a información actualizada, así como recibir notificaciones importantes relacionadas con el proceso electoral.

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    • Cuestionario Final
      Bienvenidos al cuestionario final, diseñado para evaluar los conocimientos adquiridos en el Seminario Taller Plan Democracia, el cual tiene como objetivo medir la comprensión de los conceptos, herramientas y estrategias abordados durante este programa académico, fomentando una reflexión crítica sobre los principios democráticos, los delitos electorales y su aplicación práctica.


      A través de ella, buscamos identificar fortalezas y áreas de oportunidad en el aprendizaje, contribuyendo al fortalecimiento de los objetivos del Seminario Taller. 

      1. Tiempo para el desarrollo: Máximo 20 minutos
      2. 10 preguntas aleatorias de un banco de 200 preguntas
      3. Hasta 3 intentos
      4. Para aprobar este cuestionario deberá obtener una nota igual o superior a 4

      ¡Éxito en su aprendizaje autónomo!